Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2019-S3
Fecha: 10-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la propiedad privada y a la igualdad de las partes, alegando que dentro del proceso penal sustanciado por ilícitos contenidos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas en el que no fue imputado y menos procesado, mediante Auto Interlocutorio 42/2018 de 29 de marzo y Auto de Vista 147 de 31 de mayo de igual año, el Juez y los Vocales demandados a su turno, rechazaron su solicitud de desincautación de su vehículo; por lo que planteó nuevamente incidente de devolución del referido automotor que fue también desestimado por decreto de 19 de octubre de idéntico año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- uno de los elementos esenciales del debido proceso es sin duda el derecho a la defensa. En la doctrina se ha definido el derecho a la defensa como la posibilidad que tiene toda persona de ser escuchada por el órgano jurisdiccional a fin de poder hacer conocer su versión y en su caso enervar la de la parte actora, con carácter previo a que se adopte una decisión
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- 2)
- El rechazo de las excepciones y de los incidentes impedirá que sean planteados nuevamente por los mismos motivos
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR