SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2019-S3

Fecha: 10-Oct-2019

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante alega la lesión de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la propiedad privada y a la igualdad de las partes, debido a que dentro del proceso penal sustanciado por ilícitos contenidos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, en el que no fue imputado y menos procesado, mediante Auto Interlocutorio 42/2018 de 29 de marzo y Auto de Vista 147 de 31 de mayo de 2018, el Juez y los Vocales demandados a su turno, rechazaron la solicitud de desincautación de su vehículo, por lo que planteó nuevamente incidente de devolución del mencionado motorizado, petitorio que fue también desestimado por decreto de 19 de octubre de idéntico año.

Los antecedentes del caso y el legajo de documentos adjunto, evidencian que por Auto Interlocutorio de 15 de diciembre de 2017, el Juez de Instrucción Penal Primero de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, dispuso la confiscación del vehículo tipo camioneta, color blanco con placa de control 4528-KZH, ordenando su entrega a DIRCABI para su custodia (Conclusión II.1).

Posteriormente, alegando derecho propietario, por memorial presentado el 28 de febrero de 2018, el ahora accionante planteó incidente de desincautación del referido vehículo; pedido que mediante Auto Interlocutorio 42/2018, dictado por el Juez demandado, no fue admitido en razón a que las investigaciones dentro del proceso penal no habrían concluido y que se debió adjuntar documentación acreditando la procedencia del dinero de la compra del vehículo así como el extremo vertido en la solicitud de devolución. Decisión que, al ser apelada, motivó que los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitan el Auto de Vista 147 declarando admisible e improcedente el referido recurso (Conclusiones II. 2, 3, 4 y 5).

En resumen, el acto lesivo reclamado por el impetrante de tutela radica en el rechazo a su pedido de devolución del vehículo que le fue incautado; consecuentemente, una vez identificado el problema jurídico planteado y contextualizadas las circunstancias del caso de autos, resulta necesario referirse al Código de Procedimiento Penal, que en relación al tema en cuestión señala: