SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 37/2019 de 21 de mayo, cursante de fs. 62 a 65 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, disponiendo que el Tribunal de alzada, pronuncie el correspondiente Auto de Vista, resolviendo el recurso de apelación interpuesto por la solicitante de tutela, atendiendo los puntos impugnados en la apelación incidental, observando los argumentos expuestos en el Auto Interlocutorio de 27 de agosto de 2018, primigenia, sea en el plazo de veinticuatro horas, de notificado con el presente fallo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a desarrollarse dentro de los tres días siguientes a la recepción del recurso
- al encontrarse en tela de juicio un derecho de carácter primario para el desarrollo de la persona, como es la libertad física así como la de locomoción;
- tratándose de medidas cautelares, fundamentar sobre la concurrencia de los dos presupuestos que la normativa legal prevé para la procedencia de la detención preventiva,
- e ingresar al fondo del asunto apelado, aprobando o revocando el fallo del inferior, pues ese es el objetivo de dicha apelación incidental;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR