Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 21/19 de 11 de junio de 2019, cursante de fs. 88 a 91 vta., emitida por el Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia corresponde DENEGAR la tutela impetrada, sobre la base de los fundamentos jurídicos de la presente sentencia constitucional plurinacional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la dilación indebida
- la celeridad procesal como principio ético-moral de la sociedad plural
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- CONFIRMAR
- excepción
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,