Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
II.7.
II.7. Mediante memorial de 5 de junio de 2019, presentado por María Luisa Limpias Chávez, Maria Monica Limpias Chávez y Maureen Verónica Pucca Limpias, solicitando el control jurisdiccional ante la Jueza de Instrucción Penal contra la Violencia Hacia la Mujer y Anticorrupción Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz, haciendo conocer el ocultamiento de los informes policiales y la negativa de extender copias legalizadas del cuaderno de investigaciones por parte de la comisión de fiscales de Santa Cruz (fs. 78 a 80).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la dilación indebida
- la celeridad procesal como principio ético-moral de la sociedad plural
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- CONFIRMAR
- excepción
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,