Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que se lesionaron sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, así como la adecuada valoración de la prueba y a la tutela judicial efectiva en mérito a que mediante Auto Supremo 797/2018-RRC, la Sala Penal hoy demandada habría convalidado la no valoración de su testigo de descargo, quien refirió que se cometió el ilícito dentro del proceso penal del cual se constituyó en querellante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como elementos del debido proceso
- Del mismo modo, verbigracia, cuando una resolución en sentido general (judicial, administrativa, etc.) sustenta su decisión con fundamentos y consideraciones meramente retóricas, basadas en conjeturas que carecen de todo sustento probatorio o jurídico alguno, y alejadas de la sumisión a la Constitución y la ley, se está ante una ‘motivación arbitraria’.
- De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una ‘motivación insuficiente’.
- III.2.
- 1)
- i)
- ii)
- Fragmento 23