Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2019-S1
Fecha: 09-Oct-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Sabina Delgado Villacorta y Edwin Freddy Fernández Terrazas -hoy peticionantes de tutela-, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, mediante Resolución 27/2018 de 13 de agosto, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz -ahora autoridades demandadas-, declararon la rebeldía de los acusados prenombrados, disponiendo el arraigo de los mismos, la emisión de mandamiento de aprehensión, como la notificación al REJAP a los fines del registro
de antecedentes penales, entre otras medidas (fs. 4 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- Fragmento 15
- III.2. La declaratoria de rebeldía y los efectos de la comparecencia del rebelde al proceso
- En este supuesto, efectuada la presentación voluntaria del rebelde, como manda la misma norma procesal penal corresponderá dejar sin efecto las órdenes emergentes de la declaratoria de rebeldía y, por ende, el mandamiento de aprehensión dispuesto contra el procesado, debido a que la finalidad, cuál era su comparecencia en el proceso penal, fue cumplida; lo contrario, esto es, mantener la orden de aprehensión, implica persecución indebida, debido a que se deja latente una orden de restricción a la libertad sin causa justificada.
- el art. 91 del mismo cuerpo legal dispone que, cuando el rebelde comparezca o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia y manteniendo las medidas cautelares de carácter real
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR