Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1042/2019-S2
Fecha: 27-Nov-2019
e)
e) Dejaron sin efecto todo el proceso incidental que promovió con el fin de que fije el monto indemnizatorio y se ordene al mencionado Gobierno Municipal su correspondiente pago; por cuanto, qué sentido tienen los procesos judiciales si las propias autoridades judiciales impiden o imposibilitan el cumplimiento efectivo de un fallo judicial que tiene autoridad de cosa juzgada;
- acción de amparo constitucional
- Auto de Vista SCII-373/2011 de 10 noviembre
- Auto 179 de 26 de enero de 2018
- Auto de Vista SCCI-0254/2018 de 11 septiembre
- a)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Auto de Vista SCCI-0254/2018
- el derecho protector de los demás derechos
- el cumplimiento y ejecución de una resolución judicial
- se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo
- la inejecución de sentencias, su ejecución parcial, distorsionada o tardía, acarrea la violación de derechos fundamental de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, y dentro de éste a la eficacia jurídica de los fallos ejecutoriados pasados en autoridad de cosa juzgada y la protección judicial por parte del Estado
- también en otro tipo de procesos constitucionales, deben ser ejecutadas y cumplidas en los términos expresados en la parte resolutiva
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable
- Al interpretar la ley procesal, el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procesos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustantiva
- Sentencia 028/2011, declarando improbada la demanda
- solicitó se prosiga el trámite para que se fije el monto indemnizatorio y ordene el pago
- revocar totalmente el Auto 179
- en la medida de lo determinado por la autoridad judicial, consiguientemente, en la medida que el fallo no se ejecute, el derecho a la jurisdicción o de acceso a la justicia o la tutela judicial efectiva, no estará satisfecho
- REVOCAR
- MAGISTRADO