SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2019-S3

Fecha: 15-Nov-2019

1)

Ramiro Ariel Alanoca Mamani, Jefe Departamental de Trabajo La Paz, mediante su abogado en audiencia indicó: 1) Se remite a la Conminatoria J.D.T.L.P//D.S. 0495/ 038/2018 y RA de “…20 de junio de 2018…” (sic), que fueron notificadas al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; 2) Se emitió la referida Conminatoria, dentro los alcances de la Ley 321, el Decreto Ley (DL) 16187 de 16 de febrero de 1979 y la RM 650/07 de 27 de abril de 2007, porque cuando se acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo se adjuntaron varios contratos de trabajo en tareas propias y permanentes de la institución; 3) El DL 16187 prohíbe la suscripción de más de dos contratos de trabajo a plazo fijo y la RM 650/07 establece que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, es el que debe visar los mismos para que surtan los efectos legales, sino será considerado contrato indefinido; y, 4) El Informe evacuado por la Inspectora de la indicada Jefatura denota que la entidad municipal demandada, no dio cumplimiento a la Conminatoria emitida, por lo que se allanó a la solicitud de que se conceda la tutela.