SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2019-S3

Fecha: 15-Nov-2019

concedió

La Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2019 de 5 de febrero, cursante de fs. 175 a 183, concedió la tutela solicitada, disponiendo que se dé cumplimiento a la Conminatoria J.D.T.L.P.//D.S. 0495/ 038/2018, y que dentro el tercer día de su notificación, la parte demandada reincorpore al accionante a su mismo puesto de trabajo, se le paguen los sueldos devengados y demás derechos sociales, en base a los siguientes fundamentos: i) Mediante la Conminatoria prenombrada, se ordenó al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, reintegrar al peticionante de tutela  a su fuente de trabajo y siendo que Luis Antonio Revilla Herrero es la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de dicha institución, tiene plena legitimación pasiva dentro la presente acción tutelar; ii) En relación a la existencia de otra acción de amparo constitucional, esta fue declarada improcedente por no agotarse la vía administrativa; por lo que, al haberse emitido la RM 1109/18, quedó cumplida; y, iii) De acuerdo a lo desarrollado en la SCP 0780/2018-S4 de 22 de noviembre, la parte demandada al no dar cumplimiento a la Conminatoria indicada pese a su notificación, vulneró el mandato previsto en el art. 49.III de la CPE, derecho que en la nueva concepción de un Estado Social de Derecho merece la inmediata tutela.