SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2019-S4
Fecha: 21-Nov-2019
II.12.
II.12. Por informe psicológico de 21 de mayo de 2019, emitido por la Psicóloga de la Defensoría de Género y Asuntos Generacionales, concluyó que el mayor problema encontrado fue que AA es víctima de violencia familiar; en el informe social de 22 del mimos mes y año, la Trabajadora Social de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Riberalta, afirmó que el señalado fue víctima de violencia física y psicológica por parte de su progenitora, cuando se encontraba bajo su cuidado y que tomando en cuenta su situación socio familiar expuesta en dicho informe, sugería disponer la guarda a favor del progenitor José Luis Pérez Rodríguez. El certificado médico forense del departamento de Beni de 11 de junio de 2019, culminó en que AA no presentó lesiones físicas evidentes, sí mancha en pie izquierdo (fs. 387 a 391).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Los derechos a la libertad y a la vida, bajo la tutela de la acción de libertad
- III.2. Los alcances del principio del interés superior de la niña, niño y adolescente: La atención prioritaria que merecen dentro de las causas ordinarias y constitucionales
- Fragmento 23
- III.3. La actuación del juez de familia en resguardo de los derechos de las niñas, niños y/o adolescentes
- III.4.
- primera problemática
- segunda problemática
- CONFIRMAR