SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2019-S4
Fecha: 21-Nov-2019
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 3 de junio de 2019, el padre de AA, pidió a la Jueza de la causa, poniendo en antecedentes las actuaciones que realizó ante las Defensoría de la niñez y Adolescencia de Cochabamba y del municipio de Riberalta del departamento de Beni, por violencia supuestamente sufrida por su AA por parte de su progenitora, que se deje sin efecto la anterior Sentencia de asistencia familiar y le conceda la guarda de su hijo y “…cualquier situación que pretenda Sra. Lenny Montecinos sea negada por el grado de violencia física y psicológica…” (sic) ejercida sobre AA (fs. 337 a 338), pretensión a la que dicha autoridad respondió por decreto de 4 de junio de 2019, en sentido de sujetarse a los datos del proceso y a procedimiento por decreto de, teniendo presente la documentación consistente en libreta escolar de AA, informe psicológico y trabajo social practicado él (fs. 338 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Los derechos a la libertad y a la vida, bajo la tutela de la acción de libertad
- III.2. Los alcances del principio del interés superior de la niña, niño y adolescente: La atención prioritaria que merecen dentro de las causas ordinarias y constitucionales
- Fragmento 23
- III.3. La actuación del juez de familia en resguardo de los derechos de las niñas, niños y/o adolescentes
- III.4.
- primera problemática
- segunda problemática
- CONFIRMAR