SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2019-S1
Fecha: 26-Nov-2019
1)
Por su parte, el abogado del peticionante de tutela, agregó: 1) Al no verificar el demandado el domicilio del prenombrado, lesionó su derecho a la libertad; y, 2) Pidió se ordene a la autoridad jurisdiccional para que se pueda emitir el mandamiento de detención domiciliaria y se considere la conducta temeraria del Secretario, a pesar de tener una orden conminándolo a realizar todos los trámites para que su representado pueda recuperar su libertad.
1) Por Auto Interlocutorio 62/2019 de 20 de mayo –de consideración de cesación a la detención preventiva-; el Tribunal de Sentencia Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, resolvió la solicitud de cesación a la detención preventiva interpuesta por el acusado –hoy accionante–, imponiéndole las medidas sustitutivas consistentes en detención domiciliaria con escolta permanente, previa verificación del bien inmueble por Secretaría, prohibición de salir del territorio nacional para lo que se dispuso el arraigo ante la Dirección Nacional de Migraciones, la prohibición de comunicarse con parientes o la víctima; de acercarse al lugar de estudios de la misma, su vivienda o lugares donde ella frecuente, bajo alternativa de revocarse dicho beneficio. Asimismo se dispuso que una vez cumplidas las medidas impuestas, se emitirá el correspondiente mandamiento de detención domiciliaria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.3
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva en funcionarios subalternos
- , si la vulneración de los derechos tutelados por la presente acción de defensa emerge del incumplimiento o la inobservancia de las funciones y obligaciones conferidas al personal de apoyo jurisdiccional en los preceptos legales procedentemente referidos o del incumplimiento de las instrucciones u órdenes impartidas por el superior en grado, dicho servidor público adquiere la legitimación pasiva por lo que es plenamente viable dirigir la demanda contra ése funcionario,
- III.2. La celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y el denominado hábeas corpus traslativo
- 3)
- 4)
- Fragmento 18