Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2019-S1
Fecha: 26-Nov-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, se determinó inicialmente su detención preventiva; empero, mediante Resolución 62/2019 de 20 de mayo, se dispuso su detención domiciliaria, decisión que, si bien fue confirmada por Resolución 231/2019 de 27 de junio; “hasta la fecha” no ha sido efectivizada por incumplimiento del Secretario ahora demandado, siendo ilegal su detención preventiva ante la falta de la tramitación respectiva por parte de dicho funcionario judicial, quien debió realizar las diligencias correspondientes con la debida celeridad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.3
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva en funcionarios subalternos
- , si la vulneración de los derechos tutelados por la presente acción de defensa emerge del incumplimiento o la inobservancia de las funciones y obligaciones conferidas al personal de apoyo jurisdiccional en los preceptos legales procedentemente referidos o del incumplimiento de las instrucciones u órdenes impartidas por el superior en grado, dicho servidor público adquiere la legitimación pasiva por lo que es plenamente viable dirigir la demanda contra ése funcionario,
- III.2. La celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y el denominado hábeas corpus traslativo
- 3)
- 4)
- Fragmento 18