SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1116/2019-S1
Fecha: 27-Nov-2019
contra más de la mitad
En ese marco, si bien el Código de Procedimiento Penal ha previsto un trámite, el plazo y forma de resolución cuando la recusación es contra un solo miembro del Tribunal de Sentencia; empero, el referido precepto legal no establece de forma específica un procedimiento para casos en los que el planteamiento de dicho incidente sea contra más de la mitad de un Tribunal o Sala Plena, por lo que acudiendo a la interpretación sistemática de los arts. 319.III; 320.II y 321.II.2 de la citada norma adjetiva penal, se llega a establecer que si el planteamiento de la recusación es contra más de la mitad de los jueces que integran el Tribunal de Sentencia, los recusados, en su calidad de Tribunal colegiado, tomando en cuenta que dicho incidente es manifiestamente improcedente por no estar adecuado a la normativa precitada, debe ser rechazado de forma in límine y proseguir con el juicio oral, cumpliendo a su vez de forma análoga el procedimiento previsto para casos de recusa a un juez unipersonal, elevando antecedentes ante el Tribunal superior.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- porque debieron ordenar que se REMITA en revisión al Juez que integra el Tribunal
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.Sobre el procedimiento ante el rechazo “in límine” de recusaciones en el proceso penal
- Por lo que, la autoridad judicial recusada, elevará antecedentes a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia dentro de las veinticuatro horas de promovida la recusación, acompañando el escrito de interposición junto con su decisión fundamentada de rechazo in limine, sin suspender el proceso’"
- 2. Cuando se trate de una o un Juez que integre un Tribunal, el rechazo se formulará ante el mismo Tribunal, quién resolverá en el plazo y forma establecidos en el anterior
- contra más de la mitad
- más de la mitad
- CONFIRMAR