AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2019-RCA

Fecha: 11-Dic-2019

1)

La Sala Constitucional Segunda del departamento de La Paz, por decreto de 12 de septiembre de 2019, cursante a fs. 289 y vta., en atención a lo previsto por el art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo) otorgó al accionante el plazo de tres días a objeto que subsane: 1) El art. 33.1 del CPCo, referido a la legitimación activa, por cuanto el poder especial 115/2019 de 15 de febrero, otorgado a Patricia Farfán López debe cumplir con los presupuestos de admisibilidad establecidos por la SCP 0189/2018-S4 de 14 de mayo; 2) Identificar de forma clara, cuál el acto u omisión en la que incurrió la autoridad demandada (art. 33.4 de dicho Código); 3) Acreditar la notificación con la última decisión administrativa que vulnera el derecho del accionante; 4) Cumpliendo con el principio de subsidiariedad, señalar si agotó todos los mecanismos de defensa en sede administrativa, a fin de acudir a la jurisdicción constitucional; 5) Identificar en forma clara qué derechos son los que considera vulnerados; y, 6) Especificar la tutela en relación con los derechos supuestamente lesionados.