AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2019-RCA

Fecha: 11-Dic-2019

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 12 de septiembre y 1 de octubre de 2019, cursantes de fs. 273 a 288 y 292 a 294, el accionante a través de su representante legal indica que, el 10 de febrero de 2014, adquirió el predio “LAS VEGAS” de Pablo Esteban Bourlot, mediante minuta de transferencia que fue elevada a documento público a través del Testimonio 112/2014, pero pese haber solicitado de forma permanente a los Directores Nacionales del INRA conforme establecen la Ley de Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA) -Ley 1715 de 18 de octubre de 1996-, la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria -Ley 3545 de 28 de noviembre de 2006- y el Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, su reconocimiento e inclusión dentro del proceso de saneamiento que estaba en curso, en su condición de propietario que ejerció una posesión continua desde junio de 2010, cuando quien ostentaba dicha calidad en aquél momento -su vendedor-, por motivos de salud se ausentó del país, dicho derecho propietario, respaldado en un título de transferencia, fue desconocido ilegalmente; negativa que mantuvo cuatro años antes de la referida venta, cuando a su retorno de la República de Argentina, donde se fue a tratar problemas de salud, el antiguo propietario presentó el 23 de junio de 2010, ante el INRA Departamental Santa Cruz, un memorial de apersonamiento, solicitando el saneamiento de su propiedad, el que fue arbitrariamente desestimado por una funcionaria que considerándose idónea para el efecto, alegó que el relevamiento de información en campo y mensura del polígono 130, ya había sido cerrado, actuación que las autoridades jerárquicas del INRA dieron por válida, vulnerando el debido proceso pues se omitió valorar la prueba presentada en ese momento.