La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1101/2019- S2 de 11 de diciembre, que confirmó la resolución 87/2019 de 27 de junio de 2019, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Depar
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1101/2019- S2 de 11 de diciembre, que confirmó la resolución 87/2019 de 27 de junio de 2019, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Depar

Fecha: 11-Dic-2019

revocar

En todo caso, considera que debió revocar totalmente dicha resolución  constitucional; y en consecuencia, considerar el fondo de lo impetrado y CONCEDER en todo la tutela impetrada, disponiendo que se deje sin efecto el Auto de Rechazo ARIT-SCZ-0840/2018 de 12 de octubre, emitido por la ARIT Santa Cruz; y, todas las actuaciones posteriores; y que la autoridad demandada, admita el recurso de alzada, y dicte la resolución que corresponda; conforme a los siguientes fundamentos y términos dispositivos:

En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, el Tribunal de garantías al denegar la tutela solicitada, no obró correctamente; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió: REVOCAR dicha Resolución Constitucional; y en consecuencia, CONCEDER totalmente la tutela impetrada conforme a los fundamentos desarrollados en el presente Voto Disidente; y, en consecuencia