SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2019-S4

Fecha: 04-Dic-2019

Fragmento 18

En principio debe puntualizarse que de acuerdo a lo expuesto en la Conclusión II.3 del presente fallo constitucional y de acuerdo a la revisión del Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal, se advierte que el 21 de mayo de 2019, ingresó para revisión, los antecedentes de la acción de libertad planteada por Ludwing Clarck Tarqui Machaca, contra Henry David Sánchez Camacho y Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, Vocales de la Sala Penal Tercera y Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz respectivamente –autoridades hoy demandadas– solicitando que en tutela se deje sin efecto el Auto de Vista 182/2019, resuelto en primera instancia por el Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 28/2019, que concedió en parte la tutela impetrada sin disponer la libertad del accionante, revocando la última parte dispositiva del citado Auto de Vista, para que los Vocales demandados se pronuncien en cumplimiento al principio de congruencia, en base a los agravios expuestos y establecer la concurrencia o no de los riesgos procesales descritos en el art. 235.1 y 2 del CPP, manteniendo firme y subsistente la fundamentación en cuanto a la probabilidad de autoría y la concurrencia de los riesgos procesales del art. 234 del mismo Código, debiendo emitirse un Auto de Vista complementario, dentro de 48 horas de la notificación; dicho expediente una vez remitido ante este Tribunal fue signado con el número 29027-2019-59-AL, y que en revisión fue resuelto por la SCP 0717/2019-S4 de 30 de septiembre, confirmando la Resolución del Tribunal de Garantías y concediendo la tutela impetrada en parte, en los mismos  términos dispuestos por el tribunal de garantías, sin disponer la libertad del allí accionante –Ludwing Clarck Tarqui Machaca–.