SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2019-S4

Fecha: 04-Dic-2019

II.2.

II.2.  Mediante Auto de Vista 182/2019 de 17 de abril, pronunciado por Henry David Sánchez Camacho y Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, Vocales de la Sala Penal Tercera y Cuarta respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz respectivamente –Autoridades hoy demandadas–, se declaró la admisibilidad de los recursos de apelación incidental formulados por los imputados Sulma Salazar Rodríguez,  Ludwing Clark Tarqui Machaca, Juan Carlos Aquice Tarqui, Iván Vladimir Quiroz, Juan Walter Lizeca Torrez y Rubén Vicente Quinteros y la procedencia en parte de las cuestiones planteadas, confirmando en parte el Auto Interlocutorio 42/2019 de 20 de enero, con relación al art. 233.1 del CPP y revocando en parte la citada Resolución ordenando que la Jueza a quo  fundamente objetivamente para cada uno de los imputados y por separado si considera que existen los riesgos procesales previstos en el art. 235.1 y 2 del mismo Código, a efectos de que éstos sepan por qué en su contra persisten dichos riesgos procesales, ello dentro de las veinticuatro horas de devuelto el proceso penal a su conocimiento. En vía de aclaración y enmienda, se señaló que al haber sido la Resolución apelada dictada por una Jueza cumpliendo turno, el proceso lógicamente deberá tener una autoridad titular a efectos de que cumpla lo dispuesto (fs. 21 a 30 vta.).