SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2019-S4

Fecha: 10-Dic-2019

Fragmento 13

Consecuentemente, en aras de resguardar la autonomía decisoria de la jurisdicción ordinaria, a la justicia constitucional no le está permitido revisarla la labor interpretativa de los administradores de justicia ordinaria y los criterios hermenéuticos empleados por éstos en la aplicación de la norma infra constitucional, así como tampoco revalorizar la prueba que fue de su conocimiento, a no ser que quien impetra tutela constitucional por considerar que dicha tarea causó agravio a sus derechos y garantías constitucionales, cumpla con los presupuestos exigidos en la jurisprudencia constitucional citada previamente.