SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2019-S2

Fecha: 05-Dic-2019

II.1.

II.1.   A fs. 17, consta acta de aprehensión por particulares firmada por Dalila Valencia Perasso y Paulo Rojas Valdez, indicando que a horas 9:18 del 29 de julio de 2019, su hija NN, menor de dieciséis años de edad, envió a su madre un mensaje de texto indicando de forma expresa: “MAMI TE CUENTO QUE TUVE UN PROBLEMA EN EL MINIBÚS UN CHICO DE LA PROMOCIÓN ME ESTABA TOCANDO LA PIERNA, YA FUI A HABLAR CON EL DIRECTOR Y TODO TE VAN A LLAMAR” (sic). En forma posterior, a horas 11:27, la Psicóloga se comunicó con ella, habiendo informado por su parte lo ocurrido al progenitor, tomando contacto ambos con el Director, Psicóloga y Coordinador del Colegio, así como con su hija que les contó lo sucedido en sentido que un alumno de la promoción le manoseó la pierna derecha. Al indicarles las autoridades mencionadas que asumirían las acciones internas disciplinarias pertinentes y considerando que el alumno, hoy accionante, contaba con antecedentes de agredir a otras alumnas de igual forma, a horas 13:45 al encontrarse en la planta baja del Colegio, salió el impetrante de tutela de las aulas acercándose a sus padres, a quienes pidieron acompañarles a “sentar la denuncia” accediendo al efecto, constituyéndose en la UPRI de la FELCV.