SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2019-S1

Fecha: 16-Dic-2019

III.5.  Otras consideraciones

Resuelta como se encuentra la problemática planteada, corresponde referirnos a la actuación de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en cuanto al trámite desarrollado en esta acción tutelar; así, de actuados se advierte que habiendo subsanado la parte accionante mediante memorial presentado el 23 de mayo de 2019 (fs. 349 a 350 vta.) se emitió el decreto de su admisión el 27 del indicado mes y año, y si bien en el mismo se fijó audiencia para el 31 del citado mes y año, llegado el día, la misma fue suspendida por ausencia de uno de los miembros del Tribunal de garantías siendo fijada una nueva fecha para su celebración para el 6 de junio del mismo año, cuando el art. 56 del Código Procesal Constitucional (CPCo), claramente determina que la audiencia debe llevarse a cabo dentro de las cuarenta y ocho horas de interpuesta la acción, en este caso desde su subsanación, que se produjo el 23 de mayo de 2019; por lo que, ante las evidentes dilaciones indebidas, corresponde exhortar a la mencionada Sala Constitucional para que en próximas actuaciones en tal calidad, tome en cuenta la norma especial de procedimiento, debiendo considerar asimismo la naturaleza jurídica y el objeto que persiguen las acciones de defensa, que procuran la protección inmediata de los derechos considerados vulnerados.