SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2019-S3

Fecha: 01-Mar-2019

II.3.

II.3.   Por Informe D.A.L. 217/2017 de 24 de octubre, dirigido a la Alcaldesa demandada, al Secretario Administrativo y Financiero, y al Director de Urbanismo del indicado municipio, el Director de Asesoría Legal del precitado Municipio, concluyó que la Asociación Accidental “Virgen de Urkupiña”, aceptó la RA 01/2013 que rechazó el trámite de la referida solicitud de aprobación, toda vez que al no haber impugnado dicho fallo dentro los plazos y forma establecidos por el procedimiento administrativo, ésta goza de firmeza y cosa juzgada; aclarando que el presente informe legal no puede ser considerado como una resolución firme, de conformidad con la SC 0425/2003-R de 2 de abril (fs. 60 a 62).