Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
II.7.
II.7. La Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 371-17 de 1 de noviembre de 2017, declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra el Auto Interlocutorio 105-17, en aplicación de lo establecido en el art. 218.II del CPC (fs. 55 a 56 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia por incumplimiento del principio de subsidiariedad
- cuestiones accesorias que surgen con ocasión de lo principal y se resuelven según lo alegado y probado por las partes
- Los primeros, cortan todo procedimiento ulterior del juicio, haciendo imposible, de hecho y de derecho, la prosecución del proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuestiones que se suscitaren durante la tramitación del proceso
- se podrá apelar de ellas en el plazo de tres días
- CONFIRMAR