Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019-S3
Fecha: 12-Mar-2019
a)
Solicitaron se conceda la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto la Resolución Municipal 008/2018; y, b) Que el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, se inhiba de cualquier injerencia con relación al funcionamiento, estructura y organización del Control Social de ese municipio; y que cualquier problema al interior del mismo, sea resuelto de forma interna o en su caso por las autoridades llamadas por ley, dentro de lo previsto por la Ley de Participación y Control Social -Ley 341 de 5 de febrero de 2013-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo Constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción
- 1)
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- CONFIRMAR