Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019-S3
Fecha: 12-Mar-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de juez natural, independiente e imparcial, fundamentación, motivación y presunción de inocencia y a la defensa, por cuanto la Resolución Municipal 008/2018 de 15 de febrero, ordenó arbitrariamente al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, suspenda toda asignación de recursos económicos a favor de la directiva del Control Social, hasta que la renovación de la misma se enmarque en los procedimientos de orden jurídico, actuando con total injerencia y sin tener facultades para observar o revocar el mandato de la Directiva del referido Control Social de ese Municipio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo Constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción
- 1)
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- CONFIRMAR