SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.1.
II.1. Mediante Auto Inicial de Proceso Sumario Administrativo Interno SIM/AI/090/2017 de 4 de septiembre, se dispuso instaurar proceso sumario administrativo contra Alvaro Gutierrez Condori, a efectos de determinar la existencia o no de responsabilidad administrativa, por la supuesta contravención de los arts. 8.a), b), d) y h) del Estatuto del Funcionario Público; y, 9.a), b), d) y h) del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Salud; notificándose personalmente al procesado con dicha determinación, el 8 del señalado mes y año; diligencia que fue objeto de nulidad, impetrada por escrito y presentada el 22 del mismo mes y año, mereciendo providencia de 25 del referido mes y año, por la que, la autoridad sumariante dio curso a lo solicitado, ordenando la realización de nueva notificación, que fue ejecutada el 29 del indicado mes y gestión (fs. 272; 275 a 280; 261 a 262 y 260).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo por las causales legalmente establecidas previo proceso interno
- excepto por las causales establecidas por Ley
- II. El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
- el ámbito de protección de los trabajadores o funcionarios en las condiciones referidas, importa la inamovilidad laboral y excepcionalmente, su despido –únicamente cuando se compruebe una causa justa y previo proceso–.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- 5)
- CONFIRMAR