SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión de sus derechos al trabajo, a la inamovilidad laboral, al debido proceso, a la defensa, a una justicia pronta, oportuna y transparente, a ser oído y a la “seguridad jurídica”, debido a que, sin considerar la inamovilidad funcionaria de la que goza, al ser padre de un menor discapacitado, mediante Memorándum MS/DGAA/URRHH/M-AGRAD/2/2018 de 12 de enero (fs. 3), fue destituido del cargo de Coordinador Municipal del Proyecto “Mi Salud”, en el municipio de San Buenaventura del departamento de La Paz, que ejercía desde diciembre de 2015, en mérito a la Resolución de Proceso Sumario Administrativo Interno SUM/RF/ 318/2017, emergente de un proceso sumario administrativo instaurado en su contra, que fue adelantado de forma irregular, omitiéndose valorar la prueba presentada por su parte y sin tomarle declaración informativa, no habiendo sido notificado personalmente con la señalada decisión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo por las causales legalmente establecidas previo proceso interno
- excepto por las causales establecidas por Ley
- II. El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
- el ámbito de protección de los trabajadores o funcionarios en las condiciones referidas, importa la inamovilidad laboral y excepcionalmente, su despido –únicamente cuando se compruebe una causa justa y previo proceso–.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- 5)
- CONFIRMAR