Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.4.
II.4. El 26 de diciembre de 2017, mediante Auto de la fecha, la autoridad sumariante declaró ejecutoriada la Resolución de Proceso Sumario Administrativo Interno SUM/RF/318/2017 de 14 de octubre (de fs. 29 a 34), al no haberse presentado el recurso de revocatoria, dentro del plazo establecido en el art. 22 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública; disponiendo además, la remisión de obrados al Ministerio de Salud, a efectos de que el titular de dicha cartera de Estado instruya a la Unidad de Recursos Humanos, la ejecución de la sanción (fs. 235).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo por las causales legalmente establecidas previo proceso interno
- excepto por las causales establecidas por Ley
- II. El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
- el ámbito de protección de los trabajadores o funcionarios en las condiciones referidas, importa la inamovilidad laboral y excepcionalmente, su despido –únicamente cuando se compruebe una causa justa y previo proceso–.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- 5)
- CONFIRMAR