Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2019-S1
Fecha: 03-Abr-2019
II.3.
II.3. Por Auto Interlocutorio 244/2018 de 19 de junio, las autoridades ahora demandadas en audiencia de aplicación de medidas cautelares, ordenaron la detención preventiva de la hoy accionante en el Centro Penitenciario San Pedro de Oruro (fs. 101 vta. a 107 vta.). Posteriormente, mediante Auto de Vista 108/2018 de 11 de julio, los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento, determinaron beneficiar a la impetrante de tutela con la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, ordenando su detención domiciliaria (fs. 109 a 120).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La emisión del mandamiento de aprehensión y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- En este supuesto, efectuada la presentación voluntaria del rebelde, como manda la misma norma procesal penal corresponderá dejar sin efecto las órdenes emergentes de la declaratoria de rebeldía y, por ende, el mandamiento de aprehensión dispuesto contra el procesado, debido a que la finalidad, cuál era su comparecencia en el proceso penal, fue cumplida; lo contrario, esto es, mantener la orden de aprehensión, implica persecución indebida, debido a que se deja latente una orden de restricción a la libertad sin causa justificada.
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso concreto
- en audiencia de revocatoria de medidas cautelares el 17 de octubre de 2018
- lo que correspondía a la hoy accionante era que al tener conocimiento de la existencia del nuevo mandamiento de aprehensión, debió comparecer ante los Jueces ahora demandados, a efectos de justificar y/o desvirtuar los motivos que originaron la emisión del nuevo mandamiento
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 24