Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2019-S2
Fecha: 08-Abr-2019
II.3.
II.3. Mediante Auto de Vista 103-18 de 7 de marzo de 2018, Samuel Saucedo Iriarte e Irma Villavicencio Suarez, Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora demandados- confirmaron totalmente el Auto de 8 de junio de 2017, con los siguientes fundamentos:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- b)
- II.2.
- 2)
- 3)
- II.3.
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- 1196/2010-R de 6 de septiembre
- requisitos formales indispensables para la obtención de su fin y haber sufrido indefensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- 4)
- 5)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- impugnación tardía de las nulidades
- Fragmento 28