SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

b)

b) Realizaron una inadecuada compulsa de la prueba que cursa en el dossier, por cuanto, le obligan directamente hacerse cargo de una parte de una deuda ganancial, cuando en el Tercer Considerando del Auto de Vista 46/2018 se manifestó que la deuda de préstamo de dinero por el monto de Bs15 453,40.- (quince mil cuatrocientos cincuenta y tres con 40/100 bolivianos) fue asumido unilateralmente por su persona el 12 de enero de 2016 (sin la participación del demandado Dulfredo Eduardo Rivas Trujillo), después de haberse pronunciado la Sentencia 80/2014 de 3 de octubre en el proceso de divorcio; sin embargo, olvidan que la deuda ganancial del Banco de Crédito de Bolivia S.A. fue precisamente cancelada con ese dinero, extremo acreditado por el documento de “fs. 386”.