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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2019-S1

    Fecha: 17-Abr-2019

    Fragmento 5

    En uso de su derecho a la réplica, sobre lo manifestado por los representantes del Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, respecto a que la “beca trabajo” no debe ser confundida con el contrato de trabajo; refirió que no trabajó en un área inherente a su carrera, sino como Secretaria de atención de llamadas firmando tres contratos sin que le dieran la copia de los mismos.                    

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3.  Petitorio
    • a)
    • Fragmento 5
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio
    • el Juez o Tribunal de garantías conozca además de los datos y la legitimación de los sujetos procesales, los hechos que motivaron la interposición de la acción tutelar, el derecho o garantía vulnerada y el petitorio, que resulta ser la parte central de la pretensión, por cuanto se constituye en aquello que el accionante busca, quiere o pretende sea satisfecho, por lo mismo debe ser expuesto de forma clara y precisa, de manera tal que no existan dudas ni confusiones respecto de lo que el nombrado aspira a través de la presente acción de defensa;
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 18
    • CONFIRMAR

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