Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2019-S1
Fecha: 17-Abr-2019
II.6.
II.6. Mediante RM 128/18 de 29 de enero de 2018, emitido dentro del recurso jerárquico interpuesto por la autoridad demandada contra la RA JDTSC/R.R.N° 084/2017; el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social -ahora demandado-, revocó la precitada Resolución Administrativa como también la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM. 100/2017, declinando competencia ante la judicatura laboral (fs. 71 a 74).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio
- el Juez o Tribunal de garantías conozca además de los datos y la legitimación de los sujetos procesales, los hechos que motivaron la interposición de la acción tutelar, el derecho o garantía vulnerada y el petitorio, que resulta ser la parte central de la pretensión, por cuanto se constituye en aquello que el accionante busca, quiere o pretende sea satisfecho, por lo mismo debe ser expuesto de forma clara y precisa, de manera tal que no existan dudas ni confusiones respecto de lo que el nombrado aspira a través de la presente acción de defensa;
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR