Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Fausto Calle Mamani, Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de La Paz, mediante informe de 21 de agosto de 2019, cursante a fs. 112 y vta., señaló que al ordenar que la petición del ahora accionante, se tramite como tercería de dominio excluyente, obró de manera imparcial, equitativa, justa, con apego a la ley y a la justicia, sin parcializaciones con ninguna de las partes y menos con el ánimo de retardar el proceso, siendo responsabilidad de la parte solicitar su pretensión conforme a procedimiento, inclusive se le dijo de manera verbal, que habiendo fenecido el proceso, ya no sería necesario el 20% de la base de la subasta por no existir ningún bien inmueble a rematar.
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- 1.
- Fragmento 15
- III.2. De la intervención de terceros en el proceso civil
- III.3. Oportunidad para la interposición de tercerías
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR