SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2019-S3

Fecha: 16-Abr-2019

denegó

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 45/2018 de 21 de febrero, cursante de fs. 1736 a 1741, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) La acción de amparo constitucional no se activa para corregir incorrectas interpretaciones o indebidas aplicaciones del derecho, al no ser un medio para revisar el proceso contencioso administrativo; 2) Respecto a la incongruencia denunciada, no pueden existir dos resoluciones definitivas sobre un mismo asunto, por lo que el pretender mantener vigentes los puntos 2 y 4 con la RM R.J. 051/2013 y emitirse una nueva resolviendo la controversia 3, daría lugar a que estén vigentes dos resoluciones lo que no corresponde a procedimiento, razón por la que se deja sin efecto toda la Resolución y se dispone emitir un nuevo auto conforme los lineamientos determinados; por ello no se evidencia una determinación que resulte ser ultra petita; 3) Respecto a la Resolución 77/2017, las autoridades judiciales demandadas procedieron a enmendar y complementar al cálculo del Diferencial de Ingresos para el mes de octubre de 2011; 4) Los otros aspectos señalados, no fueron reclamados oportunamente dentro del proceso contencioso administrativo, por lo que constituyen actos consentidos; y, 5) La Sentencia 460/2016, se encuentra razonablemente fundamentada, motivada y congruente a lo demandado en el proceso contencioso administrativo seguido a instancia de Refinería Oro Negro S.A.; máxime si la parte accionante no solicitó complementación y enmienda en su momento oportuno contra dicha determinación.