Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 7/2018 de 5 de octubre, cursante de fs. 905 a 914, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Adán Moya, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Unidad de Aseo Urbano de Pando (S.T.U.A.U.P.) contra Juan Urbano Pereira Olmos y Ximena Katty Joaniquina Bustillos, Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- a)
- de acuerdo a la problemática planteada
- Fragmento 20
- REVOCAR