Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
II.6.
II.6. Mediante decreto de 7 de marzo de 2018, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Cobija del departamento de Pando, convocó a conciliación a las partes para el 13 del mismo mes y año, la misma que fue suspendida a solicitud del representante del S.T.U.A.U.P., señalándose nueva audiencia para el 15 de igual mes y año (fs. 256 y 259).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- a)
- de acuerdo a la problemática planteada
- Fragmento 20
- REVOCAR