SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2019-S3

Fecha: 16-Abr-2019

Fragmento 16

            Al respecto, la SC 1351/2003-R de 16 de septiembre, sobre el particular señaló que: “…en todo proceso judicial o administrativo en el que la decisión  final del mismo pudiera afectar los derechos o intereses legítimos de terceras personas, éstas deben ser citadas o notificadas, según el caso, a los fines de que puedan ejercer, en igualdad de condiciones, el derecho a la defensa, ofreciendo las pruebas que consideren pertinentes y controvirtiendo las que se presenten en su contra dentro del proceso, de acuerdo con las formas propias de cada juicio y conforme a la normativa procesal pertinente”.