Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
II.4.
II.4. Consta RA 77/2017 de 11 de diciembre, emitida por el Tribunal Disciplinario Departamental de Oruro de la Policía Boliviana, que pronunció la “…RESOLUCIÓN SANCIONATORIA DE RETIRO TEMPORAL DE LA INSTITUCIÒN POLICIAL POR EL LAPSO DE SEIS (6) MESES…” (sic) del accionante (fs. 283 a 303), notificada por cédula al aludido el 18 de diciembre de 2017 (fs. 306 a 307).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso
- III.2. Sobre el derecho a la defensa
- no sólo ser citado al inicio de la acción interpuesta, sino también la notificación posterior de cada una de las actuaciones, pues a partir de ellas, el procesado podrá presentar todas las pruebas que considere demostrarán su inocencia, así como también podrá presentar cuanto recurso le faculte la Ley
- III.3. Sobre el principio de seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR