II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
De los hechos que motivaron la interposición de la presente acción, que se constituye en la causa para solicitar el resguardo de los derechos invocados, se identifica como problema jurídico a resolver el siguiente: Los accionantes plantearon el recurso de queja, contra el Auto Interlocutorio 06/2018 de 9 de mayo, que rechazó su denuncia de incumplimiento de la SCP 0376/2017-S1 de 25 de abril, puesto que consideran que la Auto 01/2018 de 29 de enero, pronunciada por la Jueza de garantías, realizó una interpretación del fallo en lugar de limitarse a su cumplimiento, aspecto que decantó en que se les impusiera una autoridad ilegítima como Presidente, ordenándoles que entreguen un inventario de bienes de la Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu (APG IG), invadiendo el ámbito de la independencia de su justicia indígena originario campesina; alegando además que la finalidad de la exhortación ya se hubiera cumplido con la convocatoria a Asamblea y elección de nuevas autoridades.
- 1°
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- b)
- II.2.
- cuyo objeto no radica en las determinaciones de la autoridad judicial de garantías, sino en el cumplimiento o no del fallo constitucional con calidad de cosa juzgada
- III.1. Análisis del caso concreto
- “simples ciudadanos”
- III.1.1. Respecto a que la Jueza de garantías, mal interpretó la sentencia e impuso una autoridad ilegítima a la APG IG
- improcedencia
- III.1.2. Sobre la entrega de un inventario de bienes de la APG IG
- III.1.3. Sobre la denuncia de invasión del ámbito de la justicia indígena originario campesina, en la determinación de sus representantes
- HA LUGAR en parte
- 4.
