Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S2
Fecha: 02-May-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución de 17 de septiembre de 2017 -siendo lo correcto 2018-, cursante de fs. 160 a 161, emitida por la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, y en consecuencia: DENEGAR la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II
- III.1. Los actos consentidos expresamente en la acción de amparo constitucional
- de modo
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- el Comité Electoral y los delegados junto a la Presidenta del Colegio de Odontólogos de Bolivia, decidieron habilitar a los profesionales que se pongan al día, con las cuotas hasta diciembre de 2017;
- Se verificó la presentación de dos planchas FORCEP y UPO, siendo delegada por el Frente FORCEP Cintia Cespedez y Antonia León Barja
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO