SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S2

Fecha: 02-May-2019

II

Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la no discriminación y a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político; toda vez que, participaron en las elecciones de la nueva mesa directiva del Colegio de Odontólogos de Pando 2018-2019, como miembros del frente FORCEP; sin embargo, los miembros del Comité Electoral                           -ahora demandados-, vulneraron el Estatuto Orgánico, los Reglamentos del Colegio de Odontólogos de Bolivia y la normativa de la Convocatoria a las señaladas elecciones; cometiendo irregularidades dentro del citado proceso eleccionario que fueron reclamados oportunamente, por lo que solicitaron la nulidad del mismo; empero, su impugnación fue respondida, sin una debida fundamentación; por lo tanto, apelaron dicha respuesta ante el Colegio de Odontólogos de Bolivia, quienes de manera equivocada, les contestaron a través de la carta de una consultora jurídica, indicando que su apelación tiene dos trámites diferentes en un mismo escrito; por ello, solicitan se disponga que el Comité Electoral de Odontólogos de Pando, anule el proceso electoral y las elecciones realizadas el 13 de abril de 2018 y se elija un nuevo Comité Electoral, para que convoque y realice el debido proceso electoral con todas las disposiciones por las cuales fueron aprobadas en sus Estatutos y Reglamentos que rige el principio positivo de cada institución profesional sea la misma con costas y costos.