SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S2
Fecha: 02-May-2019
II.2.
II.2. Cursa el Acta notariada de las Elecciones del Colegio de Odontólogos de Pando 2018-2019, que se celebró el 13 de abril de 2018, el cual señala que tanto el Comité Electoral y los delegados junto a la Presidenta del Colegio de Odontólogos de Bolivia, decidieron habilitar a los profesionales que se pongan al día, con las cuotas hasta diciembre de 2017; asimismo, la Presidenta de Odontólogos de Bolivia, solicitó al Presidente del Colegio de Odontólogos de Pando, presentar la lista de los que pagan cuotas de “…PRO-SEDE...” (sic) Se verificó la presentación de dos planchas FORCEP y UPO, siendo delegada por el Frente FORCEP Cintia Cespedez y Antonia León Barja como delegada titular, se verificó ochenta papeletas de sufragio y sesenta y un inscritos a horas 9:30. Posteriormente, se dio inicio al acto eleccionario, siendo ganador el frente UPO con treinta y cuatro votos y el frente FORCEP con treinta y un votos.
La Presidenta del Comité Odontólogos de Bolivia hizo conocer que tienen las cuarenta y ocho horas hábiles para las impugnaciones. Concluido el acto eleccionario firmaron en constancia los miembros del Comité Electoral, la Presidenta del Colegio de Odontólogos de Bolivia como veedora y los representantes de los frentes participantes entre ellos, Antonia León Barja Delegada de FORCEP (fs. 57 a 58 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II
- III.1. Los actos consentidos expresamente en la acción de amparo constitucional
- de modo
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- el Comité Electoral y los delegados junto a la Presidenta del Colegio de Odontólogos de Bolivia, decidieron habilitar a los profesionales que se pongan al día, con las cuotas hasta diciembre de 2017;
- Se verificó la presentación de dos planchas FORCEP y UPO, siendo delegada por el Frente FORCEP Cintia Cespedez y Antonia León Barja
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO