SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S2

Fecha: 02-May-2019

II.2.

II.2.  Cursa el Acta notariada de las Elecciones del Colegio de Odontólogos de Pando 2018-2019, que se celebró el 13 de abril de 2018, el cual señala que tanto el Comité Electoral y los delegados junto a la Presidenta del Colegio de Odontólogos de Bolivia, decidieron habilitar a los profesionales que se pongan al día, con las cuotas hasta diciembre de 2017; asimismo, la Presidenta de Odontólogos de Bolivia, solicitó al Presidente del Colegio de Odontólogos de Pando, presentar la lista de los que pagan cuotas de     “…PRO-SEDE...” (sic) Se verificó la presentación de dos planchas FORCEP y UPO, siendo delegada por el Frente FORCEP Cintia Cespedez y Antonia León Barja como delegada titular, se verificó ochenta papeletas de sufragio y sesenta y un inscritos a horas 9:30. Posteriormente, se dio inicio al acto eleccionario, siendo ganador el frente UPO con treinta y cuatro votos y el frente FORCEP con treinta y un votos.

         La Presidenta del Comité Odontólogos de Bolivia hizo conocer que tienen las cuarenta y ocho horas hábiles para las impugnaciones. Concluido el acto eleccionario firmaron en constancia los miembros del Comité Electoral, la Presidenta del Colegio de Odontólogos de Bolivia como veedora y los representantes de los frentes participantes entre ellos, Antonia León Barja Delegada de FORCEP (fs. 57 a 58 vta.).