SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
II.1.
II.1. El Juez Disciplinario Primero del Consejo de la Judicatura del Beni, mediante Resolución de Primera Instancia -Sentencia 08/2017 de 1 de marzo-, de conformidad al art. 98.1 de la Ley 025 declaró PROBADA la denuncia interpuesta por Lilia Enna Rea Martínez y Paula Denise Téllez Vaca, Auditora Jurídica y Técnico de Control y Fiscalización ambos del Consejo de la Magistratura del Beni en contra de María Tancara Melgar -hoy accionante- y Jesús David Fernández Gutiérrez, Oficial de Diligencias de la Sala del Trabajo y Seguridad Social y Secretario del Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia, ambos del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, por la falta grave prevista en el art. 187.12 y 13 de la Ley 025, sancionando a la primera -ahora accionante- con la suspensión de dos meses en el ejercicio de sus funciones (fs. 54 a 56 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- REVOCAR
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- mediante Resolución SD-AP 321/2017 de 11 de julio
- III.1. El derecho al debido proceso
- etc.,
- Fragmento 15
- III.2. El principio de verdad material y la prevalencia del derecho sustancial sobre el derecho formal
- Resolución SD-AP321/2017 de 11 de julio
- REVOQUE TOTALMENTE la SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
- Fragmento 19
- 1° CONCEDER