SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
REVOCAR
Mediante Auto Constitucional 0249/2018-RCA de 18 de junio, (fs. 209 a 214) la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en revisión, resolvió REVOCAR la Resolución 02/2018 de 9 de mayo, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Quinta del departamento del Beni constituida en Jueza de garantías; y, en consecuencia, dispuso, que dicha autoridad, prosiga con el sometimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta, al trámite previsto por ley.
autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, conforme al art. 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 04/2019 de 13 de febrero, cursante de fs. 304 a 307, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Quinta del departamento de Beni; y en consecuencia;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- REVOCAR
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- mediante Resolución SD-AP 321/2017 de 11 de julio
- III.1. El derecho al debido proceso
- etc.,
- Fragmento 15
- III.2. El principio de verdad material y la prevalencia del derecho sustancial sobre el derecho formal
- Resolución SD-AP321/2017 de 11 de julio
- REVOQUE TOTALMENTE la SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
- Fragmento 19
- 1° CONCEDER