Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
El peticionante de tutela considera lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos de falta de motivación y congruencia, a la tutela judicial efectiva, los principios de especificidad, finalidad y el non reformatio in peius vinculado al derecho a recurrir y la celeridad procesal; citando al efecto los arts. 115, 117 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedieron
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.5.
- II. 6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en su elemento motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2.
- REVOCAR