Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2019-S2
Fecha: 10-May-2019
concedió
El Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 17/2018 de 12 de diciembre, cursante de fs. 30 a 35, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que el Juez demandado, instale nueva audiencia de consideración de medidas cautelares, en el plazo no mayor a veinticuatro horas.
- acción de libertad
- II.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III.1. Presentación directa a través de la acción de libertad en caso de adolescentes responsables penalmente
- Es deber del Estado, la sociedad y la familia, garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente
- Fragmento 10
- y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna
- III.2. La denegatoria de la acción de libertad en los casos en los que la jurisdicción ordinaria resolvió y reparó una denuncia de aprehensión ilegal
- III.3. Sobre la competencia de los jueces penales de turno, durante la vacación judicial colectiva en la sustanciación de audiencias de medidas cautelares
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- dispone la libertad
- determinando su ilegalidad
- -detención preventiva por el Juez demandado, sin tener competencia para asumir esta determinación-
- Fragmento 19
- III.4.3. Respecto a la tercera problemática -Aprehensión ilegal por el Administrador del Centro de Reintegración Social “RENACER”-
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO
- no es aplicable a los supuestos en los que menores de 16 años, considerados menores infractores, se vean involucrados en la presunta comisión de delitos, por cuanto en correspondencia con el régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña y adolescente, éstos se hallan bajo la protección y regulación de las disposiciones del Código Niño, Niña y Adolescencia, cuyas normas son de orden público y de aplicación preferente