Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
II.2.
II.2. Cursa formulario de citación de 6 de diciembre de 2018 a horas 11:00, practicada a Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de La Paz -hoy demandado-, cuya diligencia sentada expresa: “En Secretaria del Juzgado 1ro. de Instrucción Cautelar en lo Penal de la ciudad de La Paz (...) Dejado por cédula, toda vez que la secretaría de dicho juzgado se encontraba cerrada” (sic), siendo suscrito por Selena Michel Vargas Vargas, Oficial de Diligencias del antes referido Tribunal de Sentencia constituido en Tribunal de garantías y la testigo de actuación Gladys Miriam Quispe Paco (fs. 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- i)
- Con dicha orden se practicará la citación, personal o por cédula, a la autoridad o a la persona denunciada
- Fragmento 11
- La citación con el recurso y el auto de admisión, tiene vital importancia para la sustanciación de las acciones tutelares, por cuanto, al igual que en otro proceso judicial tiene la finalidad de poner en conocimiento del o los recurridos los hechos denunciados y los fundamentos expuestos por el recurrente, a objeto de que el recurrido pueda asumir su defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Dr. ROMAN CASTRO Q
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías
- 2° Disponer